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¿Es verdad que con el 107 LIR sólo pago 10% en impuestos por ganancias de capital?
¿Es verdad que con el 107 LIR sólo pago 10% en impuestos por ganancias de capital?

Un beneficio tributario para tus inversiones en Chile 🇨🇱

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Escrito por Boris
Actualizado hace más de una semana

Quédate con el 90% de las ganancias cuando vendes tus ETFs o empresas, accediendo a una tasa fija de impuestos de sólo 10% (mientras en fondos mutuos tradicionales llega hasta un 40%).

El 107 LIR es uno de los beneficios tributarios más demandados —y polémicos— de la actualidad.

Qué fondos y empresas lo tienen

Existen varios requisitos a los que se puede optar para participar. Las empresas o fondos generalmente acceden a este beneficio manteniendo sus acciones transando en bolsa y con lo que se llama "presencia bursátil", que es cuando tienen un cierto monto mínimo de compras y ventas en una bolsa chilena.

Revisa aquí para ver los fondos y empresas que cuentan con el beneficio.

Un poco de historia

Hasta el 1 de septiembre de 2022, permitía que si compras una cuota de un ETF en $1.000, y lo vendes en $2.000, no tengas que pagar impuestos por esos $1.000 de ganancias. Es decir, tendrías una tasa de impuestos de 0% al respecto. Si hubieras invertido en un fondo mutuo tradicional (sin 107), en cambio, habrías pagado hasta un 40% en impuestos.

Desde el 2 de septiembre de 2022, la tasa del 107 fue remplazada por una fija de 10% sobre las ganancias de capital al vender a mayor precio.

Este beneficio típicamente ha generado polémicas, porque tradicionalmente podía permitir que los que más ganan, más se "ahorren". Esto ya que podían aprovechar este beneficio y no pagar un impuesto que, de lo contrario, hubiera aumentando entre más ingresos tengan. En palabras de economistas, podía ser un beneficio tributario "regresivo".

¿Cómo se calcula la ganancia de capital?

La norma de la tasa única de 10% permite que utilices como "ingreso no renta" todo lo acumulado hasta fines del 2021 —de manera alternativa al valor de compra debidamente reajustado—, o su valor a fines del año en que invertiste. Esto significa que puedes utilizar el monto que tenías a esta fecha como "costo" para determinar el mayor valor afecto al 10%, para los ETFs con presencia bursátil que hayas comprado antes del 1 de septiembre de 2022.

Nota: este artículo es meramente ilustrativo y simplificado, y no constituye ningún tipo de asesoría legal o tributaria.

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